5.7 Medir y registrar los valores de resistencia de la red de puesta a tierra, de conformidad con el método establecido en el Capítulo 9, y de la continuidad en los puntos de conexión a tierra en el equipo que pueda generar o almacenar electricidad estática, al menos cada doce meses, o cuando en el inmueble se realicen modificaciones que afecten las condiciones de operación del sistema de puesta a tierra o del sistema de pararrayos.
Por lo anterior, para cumplir con los requisitos de la Norma 22 es necesario medir los valores de resistencia de tierras tanto del sistema de pararrayos como de la maquinaría y equipos conectados físicamente a tierra.
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Noviembre, 2009 By: Siulbas