La Norma Oficial Mexicana NOM-020-STPS-2002, Recipientes sujetos a presión y calderas-Funcionamiento-Condiciones de Seguridad, en el capítulo 5. Obligaciones del patrón, señala específicamente la obligación del patrón en el apartado:


5.4 “Demostrar ante la autoridad del trabajo o ante la unidad de verificación, según aplique, la seguridad de los equipos que requieran autorización de funcionamiento y la confiabilidad de sus dispositivos de seguridad,  de conformidad con lo establecido en los capítulos 7 y 9. ...”


     Adicionalmente la Norma 20 establece en el apartado 9.1.1 la opción para el patrón de la demostración de la seguridad de los equipos mediante una prueba de presión hidrostática.


     En la Oficina de Salud Ocupacional contamos con más de 8 años de experiencia en la realización de pruebas hidrostáticas de acuerdo al anexo de recipientes sujetos a presión y calderas de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo de la STPS y ofrecemos a las empresas precios competitivos de nuestros servicios, solicite mayor información al departamento técnico, teléfono 01 (871) 763-7373 o a la dirección electrónica




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Noviembre, 2009                                                                                                                                                                                                           By: Siulbas